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Artículo 32 del Decreto 13

Reglamento de la ley nº 20.285 sobre acceso a la información pública

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1001095 / 8527282.

Texto oficial

Artículo 32.- Alternativas del órgano competente que es requerido. Admitida a trámite la solicitud, el órgano requerido tendrá tres alternativas: entregar la información, comunicar a los terceros la facultad que les asiste para oponerse a la entrega, o denegar la solicitud.