Texto oficial
ARTICULO 5° El objeto principal de la Empresa será ejercer los derechos que adquirió el Estado en las Empresas de la Gran Minería del Cobre y en la Compañía Minera Andina, con ocasión de la nacionalización ordenada en la disposición décimo séptima transitoria de la Constitución Política del Estado del año 1925, para lo cual le corresponderá en especial:
a) Continuar la explotación de los yacimientos de Chuquicamata y Exótica, ubicados en la Provincia de El Loa, II Región; El Salvador, ubicado en la Provincia de Chañaral, III Región; Río Blanco, ubicado en la Provincia de Los Andes, V Región; El Teniente, ubicado en la Provincia de Cachapoal, VI Región; y, en general, de las empresas mineras pertenecientes a las Sociedades Colectivas del Estado a que alude el Decreto con fuerza de Ley N° 1, de 1972, del Ministerio de Minería, que se disuelven por el Decreto Ley N° 1.350, de 1976, así como las de sus establecimientos, faenas y servicios anexos;
b) Realizar exploraciones geológicas u otras tendientes a descubrir y reconocer yacimientos de minerales no ferrosos dentro del territorio nacional; constituir y adquirir, a cualquier título, concesiones mineras y demás derechos mineros, y explotar otros yacimientos mineros;
c) Producir minerales y concentrados de cobre, cobre en cualesquiera de sus formas, subproductos y demás derivados y sustancias que se obtengan de la explotación de minerales de cobre, o que provengan de procesos complementarios de producción, en plantas propias o ajenas, y beneficiar minerales de terceros en sus propias plantas;
d) Producir otros elementos no ferrosos, sea en forma de minerales, concentrados, fundidos o refinados, o en cualquiera otra forma, y los productos y subproductos derivados de los mismos;
e) Manufacturar o semimanufacturar cualesquiera de los metales, productos o subproductos mencionados precedentemente;
f) Comercializar minerales, productos y subproductos mencionados en las letras anteriores;
g) En general, realizar en el país o en el extranjero toda clase de actividades civiles, comerciales o de cualquiera naturaleza, que se relacionen directa o indirectamente con la exploración, explotación, producción, manufactura, elaboración y comercialización del cobre y otros metales o minerales, productos, subproductos y sustancias mencionadas en las letras precedentes; la industrialización de equipos mineros, máquinas y maquinarias afines a la minería; el desarrollo y venta de tecnología minera; trabajos de ingeniería y movimiento de tierras; comunicaciones, y cualquiera otra actividad que diga relación con especialidades del sector minero, o actividades que sean necesarias o convenientes para la Empresa, y
h) Cumplir otras funciones relacionadas con la exploración, investigación, producción y comercialización del cobre, sus subproductos o derivados, que le encomiende el Gobierno.