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Artículo 5 transitorio de la Ley 20.344

Modifica el DFL (i) nº2, de 1968, y establece normas de ajuste remuneracional para el personal de las fuerzas de orden y seguridad pública

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1001482 / 8566774.

Texto oficial

Artículo 5° transitorio.- La asignación del costo de vida prevista en el artículo 197 del decreto con fuerza de ley N° 1, de 1997, del Ministerio de Defensa Nacional, Estatuto del Personal de las Fuerzas Armadas, será aplicada al personal de Carabineros de Chile y de la Policía de Investigaciones de Chile que haya sido comisionado en el exterior en el segundo semestre de 2004, en misiones de una duración mayor a 31 días, en conformidad a lo dispuesto en el decreto supremo N° 4, de 2005, de la Subsecretaría de Guerra. El reajuste de dicha asignación operará con efecto retroactivo al 1 de julio de 2004 y hasta el 31 de diciembre de ese año, por el período que corresponda a la comisión de servicios.".