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Artículo del Decreto 36

Establece "día nacional del pisco"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1002182 / 8597193.

Texto oficial

1.- Establécese el día 15 de mayo de cada año, como el "Día Nacional del Pisco". 2.- Cada año, el Ministerio de Agricultura organizará, en conjunto con el sector privado, actividades de conmemoración de dicha fecha.