Texto oficial
Artículo 260º.- Las mangueras de las unidades de
suministro deberán ser eléctricamente conductoras y
conectadas a tierra; alternativamente se podrá utilizar una
conexión eléctrica entre la pistola de la unidad de
suministro y tierra.
Se deberá instalar un dispositivo de corte de
emergencia (breakaway) diseñado para retener líquido a
ambos lados del punto de corte sobre cada manguera que
suministra CL a vehículos y naves. Tal aparato o
dispositivo deberá ser instalado y mantenido de acuerdo con
las instrucciones del fabricante.
La longitud de las mangueras de las unidades de
suministro en instalaciones de abastecimiento de CL a
vehículos no deberá ser mayor que 5,5 m.