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Artículo 15 de la Ley 20.357 · Tipifica crímenes de lesa humanidad y genocidio y crímenes y delitos de guerra

Tipifica crímenes de lesa humanidad y genocidio y crímenes y delitos de guerra

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1004297 / 8746417.

Texto oficial

Artículo 15.- La asociación ilícita para cometer crímenes de lesa humanidad o genocidio será sancionada conforme a las disposiciones del Código Penal. Con todo, la pena que corresponda imponer no será inferior a la pena de presidio menor en su grado máximo, tratándose de la asociación para cometer genocidio o alguno de los crímenes de lesa humanidad señalados en los artículos 3º, 4º, 5º y 6º.