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Artículo 4 de la Ley 20.364 · Autoriza erigir un monumento, en la comuna de puyehue, en homenaje a s.s. juan pablo ii

Autoriza erigir un monumento, en la comuna de puyehue, en homenaje a s.s. juan pablo ii

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1004499 / 8750509.

Texto oficial

Artículo 4°.- Créase una Comisión Especial, integrada por miembros ad honorem, encargada de ejecutar los objetivos de esta ley, la que estará constituida por dos Senadores y dos Diputados, designados por sus respectivas Cámaras; el Vicepresidente del Consejo de Monumentos Nacionales y el Arzobispo de Puerto Montt. La Comisión elegirá un presidente de entre sus integrantes y el quórum para sesionar y adoptar acuerdos será el de la mayoría de sus miembros.