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Artículo de Auto Acordado S/N

Auto acordado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1004836 / 8764013.

Texto oficial

a) Los exhortos nacionales provenientes de otros tribunales accederán a la distribución automatizada referida, mediante el ingreso directo al sistema computacional (SIFLA), el que los distribuirá aleatoriamente entre los dos Tribunales del Trabajo. b) Los exhortos internacionales, serán también ingresados computacionalmente al Primer Tribunal del Trabajo de Santiago, al cual se dirigirán estos exhortos o se reenviarán por el otro tribunal. c) Corresponderá a los administradores de los tribunales indicados en las letras precedentes, supervigilar que el ingreso de los exhortos se realice en forma diaria y expedita. d) El presente Auto Acordado comenzará a regir a contar del 31 de agosto de dos mil nueve.-