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Artículo 59 de la Ley S/N · Constitución política del estado de chile sancionada y promulgada en 30 de octubre de 1822

Constitución política del estado de chile sancionada y promulgada en 30 de octubre de 1822

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1005168 / 8770213.

Texto oficial

Art. 59. La Cámara, donde la ley aprobada tuvo origen, la pasará al Poder Ejecutivo en la forma siguiente: «El Senado y la Cámara de Diputados del Estado de Chile, reunidos en Congreso, han decretado: (Aquí la ley)» y concluirá: «Pásese al Director del Estado para su cumplimiento.»