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Artículo 6 de la Ley S/N · Constitución política del estado de chile, promulgada en 29 de diciembre de 1823

Constitución política del estado de chile, promulgada en 29 de diciembre de 1823

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1005202 / 8771410.

Texto oficial

Art. 6.o Son chilenos: 1.o Los nacidos en Chile. 2.o Los nacidos en otro país, si son hijos de padre o madre chilenos, y pasan a domiciliarse en Chile. 3.o Los extranjeros residentes en Chile, casados con chilena y domiciliados conforme a las leyes, ejerciendo alguna profesión. 4.o Los extranjeros casados con extranjera, después de un año de residencia, con domicilio legal y profesión de qué subsistir. 5.o Los agraciados por el Poder Legislativo.