Texto oficial
Art. 120. La casa del ciudadano es inviolable, y sólo puede examinarse en virtud de un decreto especial de autoridad competente, y manifestado previamente al dueño.
Constitución política del estado de chile, promulgada en 29 de diciembre de 1823
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1005202 / 8771535.