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Artículo 1 de la Ley S/N

Proyecto de constitución provisoria para el estado de chile publicado en 10 de agosto de 1818, sancionado y jurado solemnemente el 23 de octubre del mismo

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1005251 / 8772738.

Texto oficial

Art. 1.o Se compondrá el Supremo Tribunal Judiciario de cinco Ministros, de los cuales uno será Presidente, y el Fiscal lo será el del Crimen de la Cámara, que no puede tener impedimento legal en los recursos que allí se eleven.