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Artículo 3 de la Ley 20.368

Crea la provincia de marga marga y modifica el territorio de las provincias de valparaíso y quillota, en la v región de valparaíso

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1005391 / 8773414.

Texto oficial

Artículo 3°.- La presente ley entrará en vigencia el 11 de marzo de 2010, fecha a contar de la cual se nombrará al gobernador de la provincia de Marga Marga.