Texto oficial
Artículo quinto.- La exigencia de inscripción en el Registro de Inspectores de Cuenta y Auditores Externos de la Superintendencia a que se refiere el artículo 53 de la ley N° 18.046, regirá a contar del 1 de enero de 2011.".
Introduce perfeccionamientos a la normativa que regula los gobiernos corporativos de las empresas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1007297 / 8790783.