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Artículo 34 del Decreto 4

Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1007456 / 8793186.

Texto oficial

Artículo 34º.- El presente decreto entrará en vigencia 180 días después de su publicación en el Diario Oficial.