Texto oficial
Artículo 34º.- El presente decreto entrará en vigencia 180 días después de su publicación en el Diario Oficial.
Reglamento para el manejo de lodos generados en plantas de tratamiento de aguas servidas
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1007456 / 8793186.