Texto oficial
PRIMERO.- El Tribunal Constitucional celebrará sus
sesiones ordinarias de Pleno los días martes, miércoles y
jueves a las 09:30 horas. En función de la carga y de la
complejidad de los asuntos que deban tratarse, el Presidente
del Tribunal podrá determinar modificaciones al horario de
inicio de las sesiones ordinarias, lo cual deberá
expresarse en la tabla respectiva.
Las sesiones extraordinarias de Pleno se celebrarán
cuando las convoque el Presidente del Tribunal, de propia
iniciativa o a solicitud de tres o más de los miembros del
Tribunal.
Las sesiones especiales de Pleno serán convocadas por
el Presidente del Tribunal y se celebrarán en los casos en
que lo ordena la Ley Orgánica Constitucional del Tribunal
Constitucional y cuando sean necesarias para el buen
funcionamiento del Tribunal.