Texto oficial
En el Diario Oficial de 26 de abril de 1989, se publicó el autoacordado del Tribunal Constitucional relativo al régimen previsional de sus Ministros, con la omisión que se salva a continuación:
En su artículo 1° se omitió la letra e) del siguiente tenor, la que debe entenderse incorporada al referido autoacordado:
"e) El artículo 2° de la ley 18.263, de 1983.", debiendo sustituirse la conjunción "y" que aparece en su letra c) por un punto y coma (;), y el punto final de su letra d) por la expresión ", y".