Texto oficial
Artículo décimo.- Mientras no entre en funcionamiento
el Tribunal Ambiental, las materias contenciosas a las
cuales hace referencia la ley Nº 19.300 seguirán siendo de
competencia del juez de letras en lo civil que
corresponda.".
Crea el ministerio, el servicio de evaluación ambiental y la superintendencia del medio ambiente
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1010459 / 8848222.