Texto oficial
Artículo sexto.- Los reglamentos a que hacen
referencia los artículos 8 ter y 26 ter deberán dictarse
dentro de los seis meses siguientes a la publicación de
esta ley.
Establece normas sobre igualdad de oportunidades e inclusión social de personas con discapacidad
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1010903 / 10298237.