Texto oficial
Artículo 74.- El personal del Servicio Nacional de la
Discapacidad estará sujeto a un sistema de evaluación de
desempeño conforme a las reglas y criterios que al efecto
determine un reglamento expedido por el Ministerio de
Planificación.
Las evaluaciones servirán de base para la selección
del personal a capacitar, el otorgamiento de estímulos, la
remoción o el término del contrato de trabajo en su caso.