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Artículo 2 del Decreto Con Fuerza de Ley 9

Modifica planta del servicio nacional de aduanas, nombra y encasilla a funcionarios que señala de la planta transitoria adscrita a la subsecretaría de hacienda

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1011364 / 8886589.

Texto oficial

Artículo 2º.- Establécense los siguientes requisitos para el ingreso y promoción a las plantas y cargos antes señalados: Del grado 12 al 19 Requisitos alternativos: 1. Para los grados 11 al 15, título de una carrera de, a lo menos, ocho semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste. Para los grados 16 al 19, título de una carrera de, a lo menos, seis semestres de duración, otorgado por una Universidad o Instituto Profesional del Estado o reconocido por éste y experiencia mínima de 5 años en el Servicio; 2. Desempeño de, a lo menos, 6 años en cargos de las plantas de Directivos o de Profesionales o de Técnicos del Servicio Nacional de Aduanas; 3. Desempeño de, a lo menos, 8 años en cargos de escalafón directivo de órganos de la Administración del Estado.