Texto oficial
Artículo 4º.- Para el encasillamiento a que se refiere el numeral 1) del artículo 4º transitorio de la ley Nº 20.342, sólo se considerarán los funcionarios que estando en servicio a la fecha de dictación de la respectiva resolución, se encuentren nombrados en calidad de titular, aunque no cumplan los nuevos requisitos a que se refiere el artículo 6º del presente decreto con fuerza de ley.