Texto oficial
Artículo 13º. En los planos y en la documentación oficial las magnitudes físicas se deberán expresar en las unidades del Sistema Internacional de Unidades agregando entre paréntesis, si corresponde, el valor equivalente en unidades de uso práctico. Además, se deberá tener presente en la aplicación del presente reglamento, que todos los valores de presiones indicados en éste se entenderán como presiones manométricas.