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Artículo 13 del Decreto 280

Aprueba reglamento de seguridad para el transporte y distribución de gas de red

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1012263 / 8905308.

Texto oficial

Artículo 13º. En los planos y en la documentación oficial las magnitudes físicas se deberán expresar en las unidades del Sistema Internacional de Unidades agregando entre paréntesis, si corresponde, el valor equivalente en unidades de uso práctico. Además, se deberá tener presente en la aplicación del presente reglamento, que todos los valores de presiones indicados en éste se entenderán como presiones manométricas.