Texto oficial
Artículo 1º. La presente ley regula los derechos y
deberes de los integrantes de la comunidad educativa; fija Ley Nº 20.370 Art.
los requisitos mínimos que deberán exigirse en cada uno de 1º D.O. 12.09.2009
los niveles de educación parvularia, básica y media;
regula el deber del Estado de velar por su cumplimiento, y
establece los requisitos y el proceso para el reconocimiento
oficial de los establecimientos e instituciones
educacionales de todo nivel, con el objetivo de tener un
sistema educativo caracterizado por la equidad y calidad de
su servicio.