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Artículo 12 del Decreto 64

Crea comisión asesora presidencial "mujer, trabajo y maternidad"

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1015456 / 8947126.

Texto oficial

Artículo 12.- La Presidencia prestará el apoyo necesario al desarrollo de las actividades de la Comisión y asumirá los gastos derivados del funcionamiento de la misma.