Texto oficial
LEY N° 17.997 Art.
Artículo 159. Los funcionarios del Tribunal estarán 86 D.O. 19.05.1981
sujetos a la autoridad inmediata del Secretario o del LEY N° 20.381 Art.
Relator que lo subrogue, en su caso. Único N° 83 D.O.
28.10.2009