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Artículo 2 de la Ley 20.459 · Facilita el acceso a las pensiones básicas solidarias de invalidez y de vejez

Facilita el acceso a las pensiones básicas solidarias de invalidez y de vejez

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1016846 / 8975099.

Texto oficial

Artículo 2°.- Esta ley entrará en vigencia el día 1° del mes subsiguiente a su publicación en el Diario Oficial.".