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Artículo 5 del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Fija planta de personal de la superintendencia del medio ambiente y su régimen de remuneraciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1016986 / 8984679.

Texto oficial

Artículo 5°.- Determínase que la fecha de iniciación de actividades de la Superintendencia del Medio Ambiente será a contar de la entrada en vigencia de la planta de personal fijada en el artículo 1° del presente decreto con fuerza de ley.