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Artículo 1 de la Ley 6.027

Divide la actual provincia de chiloe en las de llanquihue y chiloe y restablece la comuna de puqueldon

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1017499 / 9012310.

Texto oficial

"Artículo l.o Divídese la actual provincia de Chiloé en las de Llanquihue y Chiloé. La provincia de Llanquihue comprenderá los departamentos de Puerto Varas, Llanquihue, Maullín y Calbuco. Los límites de los nuevos departamentos serán los de las actuales comunas. La capital de la provincia será la ciudad de Puerto Montt. Las capitales de los departamentos de Maullín y Calbuco serán las ciudades del mismo nombre. La provincia de Chiloé comprenderá los actuales departamentos de Ancud, Castro y Quinchao. Su capital será la ciudad dé Ancud. Restablécese la comuna de Puqueldón con los mismos límites que tenía anteriormente. El mayor gasto que ocasione la creación de los nuevos departamentos se imputará la mayor entrada que produzca la ley N.o 5,786 del el cinco por ciento a la base.