Texto oficial
Artículo 1°.- La propuesta de bases para la licitación a que se refiere esta ley deberá ser remitida a la Subsecretaría, para su aprobación o rechazo, en un plazo de 60 días contado desde la publicación del reglamento a que se refiere el inciso sexto del artículo 25 bis en el Diario Oficial. Una vez aprobadas las bases, las concesionarias tendrán un plazo máximo de 60 días para llamar a licitación.