Texto oficial
10° Incidentes. Toda cuestión accesoria que se sustanciare en el curso de la causa, cualesquiera sea su naturaleza, podrá resolverse de plano o dejarse su decisión para la sentencia definitiva.
Fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de los autos acordados sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1022494 / 9105958.