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Artículo 35º de Auto Acordado S/N

Fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de los autos acordados sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1022494 / 9105987.

Texto oficial

35º Interposición del recurso y patrocinio. El recurso de hecho deberá ser interpuesto por el o los afectados, ante el Tribunal Calificador de Elecciones, dentro del plazo fatal de cinco días hábiles contado desde la notificación de la resolución que motiva el recurso, y debe ser patrocinado por abogado habilitado para el ejercicio de la profesión.