Texto oficial
45° Tramitación de la reclamación. La reclamación se fallará en cuenta, salvo que el Tribunal estime conveniente oír a los abogados de las partes, en cuyo caso ordenará traer los autos en relación.
Fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de los autos acordados sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1022494 / 9105999.