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Artículo 83º de Auto Acordado S/N

Fija el texto refundido, coordinado, sistematizado y actualizado de los autos acordados sobre funcionamiento y tramitación de las causas y asuntos que deben sustanciarse ante el tribunal calificador de elecciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1022494 / 9106044.

Texto oficial

83º Ubicación de los abogados y público en general. La diligencia será pública y se adoptarán todas las medidas técnicas necesarias para que los abogados de las partes, los candidatos y el público en general, puedan, desde sus puestos en la Sala de Audiencia, apreciar las cédulas a escrutar por el Tribunal.