Texto oficial
107º Equivalencia de registros. Los procesos jurisdiccionales se extenderán en formato papel, dando origen al expediente físico y, además, en formato electrónico, conformando una carpeta digital.
El expediente físico y la carpeta digital tendrán igual validez para todos los efectos legales.
Todas las presentaciones y actuaciones que conforman el proceso se reunirán y constarán, en forma cronológica, en formato electrónico o en registro o formato de papel. En uno y otro caso se levantarán en el medio equivalente, manteniendo siempre, correspondientemente, idéntica información, salvo lo que el Tribunal califique de exento de captura para el medio digital.