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Artículo 25 de la Ley S/N · Lei sobre abusos de la libertad de imprenta.

Lei sobre abusos de la libertad de imprenta.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1023192 / 9115560.

Texto oficial

Art. 25.- El acuerdo del jurado se inscribirá en el proceso, i si fuere condenatorio, deberá ser precisamente concebido en estos términos: "Es culpable en tal grado por infraccion del inciso tal del artículo 3° de la lei sobre abusos de la libertad de imprenta". Si el acuerdo fuere favorable al acusado, se espresará en estos términos: "No es culpable". Si el acuerdo fuere en parte favorable i en parte adverso al acusado, se espresará en esta forma: "Es culpable en tal grado por infraccion del inciso tal del artículo 3°, e inculpable de infraccion del inciso tal del mismo artículo de la lei sobre abusos de la libertad de imprenta".