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Artículo 36 de la Ley S/N · Lei sobre abusos de la libertad de imprenta.

Lei sobre abusos de la libertad de imprenta.

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1023192 / 9115571.

Texto oficial

Art. 36.- Si ocurriere o se temiere fundadamente tumulto durante la sesion del tribunal, éste, a indicacion del juez o de cualquiera de sus miembros, resolverá si la sesion continúa o nó siendo pública, debiendo despejarse la barra para acordarse esta resolucion. Si se resolviere que la sesion no sea pública, los jurados deberán permitir la entrada a veinte personas del pueblo por lo ménos.