Texto oficial
En Santiago, a siete de marzo de dos mil once, se reunió el Tribunal Pleno bajo la Presidencia de su subrogante don Nibaldo Segura Peña y con la asistencia de los Ministros señores Oyarzún, Rodríguez, Ballesteros y Muñoz, señora Herreros, señores Dolmestch, Valdés, Carreño y Pierry, señora Pérez y señora Araneda, señores Künsemüller, Brito y Silva y señoras Maggi y Egnem.
REAJUSTE DE CUANTÍAS
En cumplimiento de lo que dispone el artículo 6º del decreto ley Nº 1.417 de 1976, modificado por el decreto ley Nº 2.416 de 1978, y teniendo en consideración que de acuerdo a lo consultado en el sitio web del Instituto Nacional de Estadísticas, la variación que experimentó el Índice de Precios al Consumidor durante el año 2010 alcanzó a 1,78%, se reajustan las cuantías de los asuntos determinados en pesos, de la siguiente manera:
En el inciso final del artículo 198 del Código Orgánico de Tribunales, se sustituyen los guarismos "6.000" y "4.500" por "6.100" y "4.600", respectivamente.