Texto oficial
«Artículo 1.° La base para todas las medidas, así de lonjitud como de superficies, volúmenes, áridos i líquidos, será el metro, que es una diez millonésima parte del cuadrante del meridiano terrestre.
Pesos i medidas.-lei sobre la materia
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1024220 / 9130713.