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Artículo 3 del Decreto 943

Aprueba reglamento que establece un estatuto laboral y de formación para el trabajo penitenciario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1025358 / 9141114.

Texto oficial

Artículo 3. Relación de actividad laboral y programa de reinserción. Gendarmería de Chile velará porque las actividades laborales que desarrollen terceros dentro de los Establecimientos Penitenciarios, sean coherentes con los programas de tratamiento y la política penitenciaria en general, y pondrá especial énfasis en los contenidos técnicos de la capacitación y el respeto de los derechos laborales de los internos en el desarrollo del trabajo remunerado.