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Artículo 89 del Decreto 943

Aprueba reglamento que establece un estatuto laboral y de formación para el trabajo penitenciario

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1025358 / 9141225.

Texto oficial

Artículo 89. Difusión y promoción. Gendarmería de Chile, propenderá la difusión y promoción, en todos sus niveles, de la incorporación de empresarios privados al trabajo que se realiza en establecimientos penitenciarios, entregando toda la información que los interesados requieran, en particular las modalidades y condiciones en que pueden incorporarse y los requerimientos o exigencias que deben cumplir.