Texto oficial
Artículo 92. Todas las referencias efectuadas al Reglamento sobre reinserción de condenados mediante la capacitación laboral y el trabajo en los Establecimientos Penitenciarios, contenido en el Decreto Supremo N° 36, de 2006, del Ministerio de Justicia así como las que se formulen a las normas del párrafo 9° del Reglamento de Establecimientos Penitenciarios, contenido en el Decreto Supremo N° 518, de 1998, de esta Secretaría de Estado, se entenderán realizadas al presente Reglamento.