Saltar al contenido

Artículo UNICO transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Ordena traspaso de funcionarios que indica, modifica la planta de personal de la subsecretaría del interior y dispone otras normas complementarias

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1025961 / 9145655.

Texto oficial

Artículo único.- Para el pago del incremento colectivo durante el año 2012, respecto de los funcionarios de planta y a contrata traspasados desde la Subsecretaría de Investigaciones a la Subsecretaría del Interior, el Subsecretario del Interior deberá determinar los equipos, unidades o áreas de trabajo y las metas de gestión y sus indicadores, conforme lo dispone el artículo 7° de la ley N° 19.553, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de publicación del presente decreto con fuerza de ley. El cumplimiento de las metas por equipos, unidades o áreas de trabajo deberá efectuarse entre la fecha señalada en el inciso precedente y el 31 de diciembre de 2011.