Texto oficial
Artículo único.- Para el pago del incremento colectivo durante el año 2012, respecto de los funcionarios de planta y a contrata traspasados desde la Subsecretaría de Investigaciones a la Subsecretaría del Interior, el Subsecretario del Interior deberá determinar los equipos, unidades o áreas de trabajo y las metas de gestión y sus indicadores, conforme lo dispone el artículo 7° de la ley N° 19.553, dentro de los treinta días siguientes a la fecha de publicación del presente decreto con fuerza de ley.
El cumplimiento de las metas por equipos, unidades o áreas de trabajo deberá efectuarse entre la fecha señalada en el inciso precedente y el 31 de diciembre de 2011.