Saltar al contenido

Artículo 5 transitorio de la Ley 6.844 · Normas relativas a los arriendos

Normas relativas a los arriendos

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1029255 / 9177951.

Texto oficial

Artículo 5°.- El Presidente de la República suspenderá la aplicación de las disposiciones transitorias, en aquellos pueblos o ciudades reconstruidos de acuerdo con la ley número 6.334, ya citada.