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Artículo 8 del Decreto Con Fuerza de Ley 8

Fusiona el departamento de comercio exterior del ministerio de economia al departamento de aduanas de la secretaria y administración general del ministerio de hacienda

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1029603 / 9184696.

Texto oficial

Artículo 8.o El presente decreto con fuerza de ley regirá a contar desde el 1.o de Enero de 1957.