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Artículo UNICO de la Ley 20.538 · Declara feriado irrenunciable el día 19 de septiembre de 2011

Declara feriado irrenunciable el día 19 de septiembre de 2011

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1030049 / 9184767.

Texto oficial

"Artículo único.- El día 19 de septiembre de 2011 será feriado obligatorio e irrenunciable para todos los trabajadores dependientes del comercio, con la excepción de aquellos señalados en el artículo 2° de la ley N° 19.973. Las infracciones a lo dispuesto en este artículo serán sancionadas en conformidad al inciso segundo del artículo 2° de la mencionada ley.".