Texto oficial
Art. 64. Las garantías del impuesto se ofrecerán a la Dirección y sólo surtirán los efectos que esta ley señala, cuando dicha oficina les prestare su aprobación.
Ley de herencias
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1030760 / 9193449.