Texto oficial
Artículo séptimo.- Las normas de esta ley entrarán en vigencia noventa días después de su publicación en el Diario Oficial, salvo el inciso tercero del artículo 55 A, que entrará en vigencia el 1° de julio de 2012.".
Modifica ley n° 19.496, sobre protección de los derechos de los consumidores, para dotar de atribuciones en materias financieras, entre otras, al servicio nacional del consumidor
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1032865 / 9210255.