Texto oficial
Artículo 2º.- Establécense los siguientes requisitos
para el ingreso y promoción en las plantas y cargos que se
indican:
A. Planta de Directivos:
1) Directivos de exclusiva confianza
Jefe de División grado 2º, alternativamente:
Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez
semestres de duración, otorgado por una Universidad o
Instituto Profesional del Estado, o reconocido por éste, o
aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación
vigente, y acreditar una experiencia profesional mínima de
cinco años; o
Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho
semestres de duración, otorgado por una Universidad o
Instituto Profesional del Estado, o reconocido por éste, o
aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación
vigente, y acreditar una experiencia profesional mínima de
siete años; u
Oficial en servicio activo o en retiro de las Fuerzas
Armadas. En ambos casos, se requerirá que se trate, al
menos, de oficiales superiores y que estén en posesión del
título de Estado Mayor o Ingeniero Politécnico, con una
experiencia mínima de cinco años en el ejercicio del
título.
Directivos de Exclusiva Confianza grado 3º,
alternativamente:
Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez
semestres de duración, otorgado por una Universidad o
Instituto Profesional del Estado, o reconocido por éste, o
aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación
vigente, y acreditar una experiencia profesional mínima de
cuatro años; o
Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho
semestres de duración, otorgado por una Universidad o
Instituto Profesional del Estado, o reconocido por éste, o
aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación
vigente, y acreditar una experiencia profesional mínima de
seis años; u
Oficial en servicio activo o en retiro de las Fuerzas
Armadas. En ambos casos, se requerirá que se trate, al
menos, de oficiales superiores y que estén en posesión del
título de Estado Mayor o Ingeniero Politécnico, con una
experiencia mínima de cuatro años en el ejercicio del
título.
2) Directivos afectos al artículo 8º de la ley Nº
18.834
Jefes de Departamento grado 4º, alternativamente
Título profesional de una carrera de, a lo menos, diez
semestres de duración, otorgado por una Universidad o
Instituto Profesional del Estado, o reconocido por éste, o
aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación
vigente, y acreditar una experiencia profesional mínima de
tres años; o
Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho
semestres de duración, otorgado por una Universidad o
Instituto Profesional del Estado, o reconocido por éste, o
aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación
vigente, y acreditar una experiencia profesional mínima de
cinco años; u
Oficial en servicio activo o en retiro de las Fuerzas
Armadas. En ambos casos, se requerirá que se trate, al
menos, de oficiales con el grado de Teniente Coronel o sus
equivalentes y que estén en posesión del título de Estado
Mayor o Ingeniero Politécnico, con una experiencia mínima
de cuatro años en el ejercicio del título.
En el caso del Director de la Academia Nacional de
Estudios Políticos y Estratégicos, se requerirá ser un
oficial en retiro de las Fuerzas Armadas que haya alcanzado
el grado de Oficial General de las Fuerzas Armadas de
acuerdo a lo establecido en el literal a) del artículo 36
de la ley Nº18.948, y con experiencia mínima de cuatro
años en ejercicio de mando, jefatura o dirección.
Jefes de Departamento grado 5º, alternativamente:
Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho
semestres de duración, otorgado por una Universidad o
Instituto Profesional del Estado, o reconocido por éste, o
aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación
vigente, y acreditar una experiencia profesional mínima de
cuatro años; u
Oficial en servicio activo o en retiro de las Fuerzas
Armadas. En ambos casos, se requerirá que se trate, al
menos, de oficiales con el grado de Teniente Coronel o sus
equivalentes y que estén en posesión del título de Estado
Mayor o Ingeniero Politécnico, con una experiencia mínima
de tres años en el ejercicio del título.
B. Planta de Profesionales
Grados 4º al 6º, alternativamente:
Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho
semestres de duración, otorgado por una Universidad o
Instituto Profesional del Estado, o reconocido por éste, o
aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación
vigente, y acreditar una experiencia profesional mínima de
tres años; u
Oficial en servicio activo o en retiro de las Fuerzas
Armadas. En ambos casos, se requerirá que se trate, al
menos, de oficiales con el grado de Teniente Coronel o sus
equivalentes y que estén en posesión del título de Estado
Mayor o Ingeniero Politécnico, con una experiencia mínima
de dos años en el ejercicio del título.
Grados 7º al 9º, alternativamente:
Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho
semestres de duración, otorgado por una Universidad o
Instituto Profesional del Estado, o reconocido por éste, o
aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación
vigente, y acreditar una experiencia profesional mínima de
un año; u
Oficial en servicio activo o en retiro de las Fuerzas
Armadas. En ambos casos, se requerirá que se trate, al
menos, de oficiales jefes con una permanencia mínima de dos
años en el grado.
Grados 10º y 12º:
Título profesional de una carrera de, a lo menos, ocho
semestres de duración, otorgado por una Universidad o
Instituto Profesional del Estado, o reconocido por éste, o
aquellos validados en Chile de acuerdo a la legislación
vigente.
La expresión "validados", utilizada en los párrafos
precedentes de este artículo, debe entenderse comprensiva
del reconocimiento, revalidación y convalidación de
títulos profesionales que le corresponde efectuar a la
Universidad de Chile, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 6º del decreto con fuerza de ley Nº 3, de 2006,
del Ministerio de Educación, que fija el texto refundido,
coordinado y sistematizado del decreto con fuerza de ley Nº
153, de 1981, de la misma Secretaría de Estado, que aprueba
los estatutos de esa Casa de Estudios Superiores, sin
perjuicio de lo establecido en los Tratados Internacionales
vigentes sobre la materia.
C. Planta de Técnicos
Grados 9º al 11º, alternativamente:
Título Técnico de Nivel Superior o equivalente,
otorgado por un establecimiento de Educación Superior del
Estado, o reconocido por éste, y acreditar una experiencia
como técnico nivel superior no inferior a cuatro años.
Suboficial o Clase en servicio activo o en retiro de
las Fuerzas Armadas. En ambos casos, se requerirá que hayan
obtenido, al menos, grado de Sargento Segundo o sus
equivalentes.
Grado 13º, alternativamente:
Título Técnico de Nivel Superior o equivalente,
otorgado por un establecimiento de Educación Superior del
Estado, o reconocido por éste, y acreditar una experiencia
como técnico nivel superior no inferior a dos años; o,
Título Técnico de Nivel medio o equivalente otorgado
por un establecimiento de enseñanza media técnico
profesional del Estado, o reconocido por éste, y acreditar
una experiencia como técnico nivel medio no inferior a
cuatro años.
D. Planta de Administrativos
Grado 14º:
Licencia de Enseñanza Media o equivalente y acreditar
experiencia laboral en el sector público o privado no
inferior a dos años.
E. Planta de Auxiliares
Grado 19º:
Licencia de Enseñanza Media o equivalente y acreditar
una experiencia laboral en el sector público o privado no
inferior a un año.
Clase en servicio activo de las Fuerzas Armadas. Se
requerirá que hayan obtenido, al menos, el grado de Cabo
Segundo o sus equivalentes.