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Artículo 7 del Decreto Con Fuerza de Ley 2

Fija planta de personal de la subsecretaría de defensa

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1032871 / 9205777.

Texto oficial

Artículo 7º.- Los funcionarios que al momento de ser traspasados se encontraren afectos al régimen remuneracional de las Fuerzas Armadas, previo a ser encasillados conforme al artículo 5º anterior, deberán manifestar por escrito al Subsecretario de Defensa, dentro del plazo de 15 días, a contar de la publicación de este decreto con fuerza de ley, su voluntad de traspasarse al sistema remuneracional que establece el artículo 30º de la ley Nº 20.424.